¿QUÉ ES EL EMPLEO PÚBLICO?

El empleo público es el conjunto de personas que prestan servicios de interés general a cambio de un salario abonado por la Administración Pública correspondiente. 

Existen diferentes tipos de empleados públicos en función de la vinculación que tengan con el organismo y de las funciones que desarrollen dentro de él. 

El empleo público está formado por un conjunto de personas que desarrollan funciones para la Administración Pública cubriendo los diferentes puestos de trabajo que se ofrecen por los organismos. 

 

E

PERSONAL LABORAL

TIPOS DE EMPLEADOS PÚBLICOS

Los empleados públicos que existen dentro de las Administraciones Públicas se pueden distinguir en funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral y personal eventual

Cada uno de ellos tiene sus características propias y una forma de acceso al puesto de trabajo diferente, así como una vinculación distinta con la Administración Pública. 

A continuación puedes ver las diferencias entre personal laboral y personal eventual. Más abajo podrás encontrar con más detalle las diferencias entre el personal funcionario de carrera y personal funcionario interino.

Personal laboral

El personal laboral está formado por las personas que tienen un contrato de trabajo por escrito y prestan servicios para la Administración Pública a cambio de una retribución

De forma similar a los funcionarios, el personal laboral también se divide en diferentes grupos profesionales, en función de la titulación exigida para acceder. 

Personal eventual

El personal eventual está formado por personas que desarrollan funciones que no tienen carácter permanente y que se consideran de confianza o asesoramiento especial. Son de libre nombramiento y se les aplica el régimen de los funcionarios de carrera. 

Saber qué es el empleo público es importante si se quiere formar parte de este personal y convertirse en funcionario de carrera o personal laboral, teniendo claras las diferencias y requisitos de cada uno de ellos.

PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA

Si ya sabes qué es el empleo público, querrás saber que un funcionario de carrera es una persona que desarrolla unas funciones propias de un puesto de trabajo para el que ha superado un proceso de selección. El trabajador ocupa un puesto permanentemente fruto de su nombramiento tras la finalización del proceso que le dio derecho a él

De carácter general

Las personas aquí incluidas ejercen funciones que pueden ser desarrolladas en distintos departamentos.

De carácter especial

Estos funcionarios ejercen funciones especializadas dentro de una única organización.

Además, los funcionarios de carrera se clasifican en grupos y subgrupos que dependen de la titulación que se les ha exigido para acceder. Podemos distinguir 4 grupos: Funcionarios de Carrera de Grupo 1, Grupo 2, Grupo 3 y Grupo 4:

FUNCIONARIOS DE CARRERA GRUPO A

 Se exigirá estar en posesión del Título Universitario de Grado, aunque se dividen en dos subgrupos en función del tipo de título.

    • A1. Se exige tener la titulación de Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o equivalente.
    • A2. Se exige tener la titulación de Diplomatura, Ingeniería técnica, Arquitectura técnica o equivalente
FUNCIONARIOS DE CARRERA Grupo B

Se exigirá estar en posesión del título de Formación Profesional de Grado Superior o Técnico Superior en FP

FUNCIONARIOS DE CARRERA Grupo C

Se dividen en dos subgrupos en función de la titulación requerida:

    • C1. Precisan el título de Bachillerato o Formación Profesional de Grado Medio o Técnico en FP, Bachiller superior, FP2 o equivalente.
    • C2. Necesitan el título de graduado en ESO, Graduado Escolar, FP1 o equivalente.
FUNCIONARIOS DE CARRERA Grupo E

No se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO

Si ya sabes qué es el empleo público y los funcionarios de carrera, ahora te hablamos de los funcionarios interinos, que son aquellos que son nombrados de forma temporal, por razones de necesidad y urgencia, para el desempeño de tareas propias del funcionario de carrera. Este tipo de funcionario podrá ser nombrado por:

N

La existencia de plazas vacantes.

N

La sustitución transitoria de los titulares

N

La ejecución de programas de carácter temporal

N

El exceso o acumulación de tareas